En este artículo, se explora en detalle la influencia de los eventos futuros en los estados financieros de una entidad. Los eventos futuros son situaciones que ocurren después de la fecha de cierre de los estados financieros y la fecha de autorización para su difusión. Se aborda cómo estos eventos pueden afectar la presentación de los informes financieros y cómo deben ser tratados en términos de ajustes y divulgaciones.
Los estados financieros pueden ser influenciados por eventos futuros, los cuales son situaciones que suceden después de la fecha de cierre de los estados financieros y la fecha en que son autorizados para su difusión (fecha de aprobación). En este artículo, examinaremos cómo se debe abordar el tratamiento de estos sucesos, ya sean favorables o desfavorables.
En primer lugar, vamos a esclarecer las fechas relevantes en el análisis de estos eventos:
- Fecha de los reportes financieros: Es la fecha de finalización del último período abarcado por los informes financieros.
- Fecha de autorización de los informes financieros: Es la fecha en la cual se han completado todos los documentos incluidos en los informes financieros fundamentales y en la cual las personas con la autoridad adecuada asumen la responsabilidad por ellos.
Nota: Para el auditor externo (Revisor Fiscal), los eventos futuros corresponden a aquellos que ocurren entre la fecha de cierre y la fecha del informe de auditoría.
Fecha de divulgación: Es la fecha en la cual los informes financieros, junto con el informe del auditor, se ponen a disposición de terceros. (Ejemplo: la fecha en que se entregan a un ente de supervisión)
Los eventos futuros se dividen en categorías dependiendo de si requieren ajustes o divulgaciones en los informes financieros, como sigue:
Necesitan ser modificados.
Aquellos que aportan pruebas sobre situaciones que existían en la fecha de los informes financieros. Ejemplos:
La resolución de un litigio que ocurre después de la fecha del informe y confirma la existencia de una obligación presente en la fecha del informe. La bancarrota de un cliente que ocurre después del período informado, generalmente confirma que dicho cliente tenía problemas crediticios al final del período informado. La venta de inventarios después del período informado puede proporcionar pruebas sobre su valor neto realizable al final del período informado. El descubrimiento de fraudes o errores que demuestren la incorrectitud de los informes financieros. Requieren divulgaciones
Aquellos que suministran pruebas sobre situaciones que surgieron después de la fecha de los informes financieros:
La disminución del valor de mercado de inversiones que ocurre después del cierre de los informes financieros. La ocurrencia de un incidente significativo. La decisión de distribuir dividendos. Adquisición de activos importantes. Viabilidad empresarial en marcha
Una entidad no establecerá sus informes financieros basándose en la viabilidad empresarial en marcha si la dirección determina, después del período informado, que tiene la intención de liquidar la entidad o suspender sus operaciones, o si no hay ninguna alternativa más realista.
La Norma Internacional de Contabilidad 1 (NIC 1) exige la divulgación de información si la dirección es consciente de la existencia de incertidumbres significativas relacionadas con eventos o condiciones que puedan plantear dudas importantes sobre la capacidad de la entidad para continuar como negocio en marcha. Estos eventos o circunstancias que requieren divulgación pueden surgir después del período informado.
Algunos aspectos a considerar para los Auditores Externos:
El auditor externo debe llevar a cabo procedimientos para obtener pruebas suficientes y adecuadas sobre si han ocurrido eventos futuros que requieran ajustes o divulgaciones.
Además, debe reaccionar adecuadamente ante hechos que lleguen a su conocimiento después de la fecha de emisión de su informe y que, si los hubiera conocido antes de esa fecha, habrían llevado a modificar su opinión en el informe de auditoría.
Estos últimos pueden surgir en dos momentos:
Después de emitido el informe de auditoría pero antes de la divulgación de los informes financieros: Aunque el auditor no es responsable de identificar este tipo de hechos, si los llega a conocer, debe: i) discutir el asunto con la dirección, ii) determinar si los informes financieros deben ser ajustados y, en caso afirmativo, iii) indagar sobre cómo la dirección abordará el asunto. Si la dirección ajusta los informes financieros, llevará a cabo los procedimientos necesarios y emitirá un informe con una doble fecha, o un informe modificado con un párrafo enfatizando las circunstancias.
Si la dirección no ajusta los informes financieros, el auditor debe notificar a la dirección y al consejo de administración que no deben utilizar dicho informe hasta que se realicen las modificaciones necesarias. Si, a pesar de esto, se utiliza el informe sin las modificaciones necesarias, el auditor debe tomar las medidas adecuadas para evitar que se confíe en dicho informe de auditoría, incluso buscando asesoramiento legal si es necesario.
Si el auditor se entera de los hechos después de la divulgación de los informes financieros, seguirá los mismos pasos i) a iii) mencionados anteriormente, en ese caso: Si la dirección ajusta los informes financieros, el auditor realizará los procedimientos de auditoría correspondientes, revisará las acciones tomadas por la dirección para garantizar que se informe de la situación a cualquier persona que haya recibido el informe y actualizará el informe con doble fecha o lo modificará.
Si la dirección no toma las medidas necesarias, el auditor informará a la dirección y a los responsables del gobierno que tomará las medidas necesarias para garantizar que, a partir de ese momento, no se confíe en el informe del auditor, y tomará las medidas necesarias.
En conclusión, este artículo proporciona una visión esclarecedora sobre la influencia de los eventos futuros en los estados financieros. Es crucial comprender las fechas relevantes y las categorías de eventos que pueden requerir ajustes o divulgaciones. La importancia de la Norma Internacional de Contabilidad 1 (NIC 1) en la divulgación de incertidumbres también se subraya.